- Documentacion Aportada
- Audiencia Parientes
- Informe medico Forense
- Reconocimiento Judicial
6º Ministerio Fiscal propone tutor (Hijo)
7º El tutor es voluntario de aceptarlo y debe inscribirse en el registro civil de la forma que dicte la Ley
8º La sentencia dictaminará el alcance de la incapacidad asi como sus consecuencias legales y hará saber el regimen de tutela o guarda y en su defecto la necesidad de internamiento (Por ejemplo: en residencia)
PREGUNTAS
1- ¿Quien ostenta la representación de la parte demandante? PROCURADOR
2- ¿Y de la parte demandada? MINISTERIO FISCAL
3- ¿Documento? EXAMEN MEDICO
4- ¿Leye mencionadas? ENJUICIAMIENTO CIVIL, CODI DE FAMILIA y CODIGO CIVIL.
5- ¿Plazo para recurrir? 5 DIAS
6- ¿Pruebas? DOCUM.APORTADA, AUDIENCIA PARIENTES, INFORME MEDICO, RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
7- ¿Cómo se produce la aceptación por parte del hijo? VOLUNTARIAMENTE.
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